De manera inminente se publicará el real decreto de la Conselleria de Educación que ordenará la transferencia de los conservatorios de Música y Artes Escénicas Municipales a la red de conservatorios de la Generalitat Valenciana. Esta ordenación supondrá muchos beneficios para el sistema desde distintos aspectos, como saben los educadores. Pero también va a tener un efecto para buena parte del personal: ¿Qué pasará con los profesores que ocupan en régimen de interinidad desde hace años las plazas estructurales? Aún no se sabe a ciencia cierta. Pero desde Carrau Corporación, por nuestra experiencia en la defensa de los derechos laborales de profesores de conservatorio, podemos hacer algunas predicciones, a la vista de los borradores que circulan por las mesas de los despachos profesionales. Y también aportar algunas recomendaciones a los interinos que vayan a verse afectados por este cambio.
Son 10 conservatorios municipales los que pasarán a formar parte de la red de la Generalitat Valenciana. Cada uno de ellos lo hará a través de un convenio interadministrativo; es decir, de un acuerdo entre la Conselleria de Educación y el respectivo Ayuntamiento que regulará el cambio de administración competente. Se establecerá un período transitorio para que las entidades locales corrijan las deficiencias de nombramiento y contratación de su personal interino. En este lapso de tiempo los profesores seguirán dependiendo del ayuntamiento como empleador. La administración saliente, en beneficio de su municipio, puede y debe convocar las plazas a través de un proceso de estabilización de los empleos al amparo de la normativa vigente y de la jurisprudencia comunitaria. ¿Cómo hacerlo? Desde un punto de vista decimonónico, el sistema a emplear es el de concurso oposición, según establece la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público vigente. Pero dicho modus operandi es retrógrado o, cuanto menos, obsoleto, porque obliga a los empleados públicos con una experiencia y capacidad contrastadas a un examen para músicos que poco o nada tiene que ver con la enseñanza de la disciplina y sus frutos.
Desde foros doctrinales y jurisprudenciales actuales, se destaca el inapropiado resultado derivado de estos exámenes, en los que pueden quedar apartados profesores con cinco, diez, quince o más años de experiencia profesional contrastada en educación. Y verse reemplazados por estudiosos del temario o grandes aprendices de músico – incluso virtuosos – que, en la mayoría de los casos, carecen totalmente de experiencia laboral en la enseñanza. ¿Es esto deseable en el siglo XXI? No, porque es ineficiente.
Existen fórmulas para consolidar las plazas sin necesidad de establecer un procedimiento abierto de entrada. Se trata de conceder un par de oportunidades al profesor interino para que alcance su plaza si la merece. Y no sólo es para sancionar la desidia en la convocatoria de plazas o la sanción a la administración empleadora e incumplidora, que lo es, sino también para mantener y no perder a personal de tan alta cualificación. Esto mismo lo traslado por analogía a los profesores interinos que ya están en la red de la Conselleria, que tienen una experiencia contrastada y pierden sus puestos por lo mismo, por un concurso oposición que los aparta demasiadas veces en favor de educadores inexpertos. ¿Ocurriría en el sector privado? Contéstense ustedes mismos.