Contablemente se registran todas las operaciones de la empresa, tanto ingresos como gastos, en cambio fiscalmente puede que estos ingresos o gastos no sean deducibles y den lugar a la correspondiente corrección, denominada “Ajuste extracontable”, así como la aplicación de reducciones o deducciones. Estos ajustes son muchas veces polémicos para la entidad a la hora del cierre del ejercicio.
Dicho ajuste puede ser positivo, que conlleva una menor pérdida o un resultado mayor; o puede ser negativo, que produce una mayor pérdida o un resultado menor.
Además pueden ser diferencias temporarias, un ajuste negativo que después será positivo; o permanentes, un gasto no deducible en ningún ejercicio.
De acuerdo con lo anterior, el resultado fiscal se diferenciará del contable si aplicamos algún ajuste mencionado anteriormente.
Hay que destacar una serie de hechos y cuentas que hay que tenerlos presentes al calcular el resultado fiscal, voy a destacar solo los más habituales.
Partiendo del resultado contable:
·Los importes de la cuenta 6300 (impuesto corriente) y 6301 (impuesto diferido) no son deducibles, es decir, aumentarán la base imponible.
·Los gastos reflejados en la cuenta 678 (gastos excepcionales) no son deducibles, porque no guardan relación con los ingresos ni con la actividad económica de la empresa, como tributos, multas, sanciones, liberalidades o gastos sin justificación. Por tanto, incrementan la base imponible.
·En la cuenta 68 (amortizaciones) hay que tener en cuenta que el porcentaje de aplicación contable puede ser distinto al porcentaje que se aplica fiscalmente. Esto permite que durante unos años podamos realizar ajustes negativos para reducir la base imponible pero en los años venideros estos revierten y se obliga a realizar ajustes positivos, es lo que se llama diferencia temporaria. Si la amortización contable es inferior a la fiscal esto dará lugar a un ajuste negativo, lo que ocasionará en el futuro un ajuste positivo como ya he mencionado.
·Y por supuesto, las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores también disminuirán la base positiva imponible del año actual, en su caso.
Conclusión, es fundamental preparar concienzudamente previsiones de nuestro resultado fiscal partiendo del contable, porque de ahí parte el cálculo para el impuesto sobre sociedades.
Eduardo González
Área de economía y contabilidad