El 13 de marzo entra en vigor una nueva norma, que obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a tener implementado y operativo un canal de denuncias interno. Una vía a la que empleados y personas vinculadas a la empresa pueden recurrir para comunicar posibles conductas contrarias a las normas de la compañía, irregulares o ilícitas de las que tengan conocimiento. Una obligación impuesta por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y que busca pretende impulsar la lucha contra la corrupción.
Esta obligación afecta a miles de empresas en España, que deberán no solo habilitar su propio canal de denuncias, sino gestionar todas las comunicaciones que reciban por esa vía. Una medida que conlleva una nueva responsabilidad para la empresa y está muy relacionada con las políticas de compliance. Las sanciones por incumplimiento muy grave, como lo es no tener implementado el canal de denuncia conforme establece la norma pueden llegar al millón de euros.
Para las empresas, el canal de denuncias debe ser un elemento más dentro de sus políticas de compliance. Porque la cultura empresarial de cumplimiento también debe articularse también en torno a los planes de prevención de delitos y de blanqueo de capitales, el plan de igualdad y los protocolos para prevenir el acoso laboral y sexual. Todos ellos son herramientas destinadas a prevenir delitos e incumplimientos de la normativa interna de la empresa, que también puede estar reflejada en un código ético o de buen gobierno.
El cumplimiento de los planes y protocolos debe ayudar a minimizar incumplimientos en el ámbito de la igualdad, el acoso laboral o sexual o prácticas de blanqueo de capitales. Y también debe ser una guía para gestionar los posibles incumplimientos por estas cuestiones dentro de la compañía. Porque esta nueva norma persigue la comisión de delitos o infracciones en la actividad empresarial, a la vez que proteger de una manera mucho más efectiva a los informantes. Así que debe ser un mecanismo fácil de usar, que garantice la confidencialidad y el anonimato.
Hay una serie de protocolos que son obligatorios para las empresas desde 2022. A pesar de ello, la mayoría carece de ellos y se expone por ello a sanciones de la Administración. Además, son cuestiones que conllevan en determinados casos responsabilidad por parte del empresario si el acoso o la discriminación se producen en el seno de la organización empresarial. Las empresas, a partir de 50 empleados, deben disponer también obligatoriamente de un Plan de Igualdad. Los protocolos obligatorios son:
- Protocolo sobre acoso sexual
- Protocolo sobre acoso psicológico
- Protocolo sobre no discriminación
Implantar el compliance en una empresa es una necesidad. Con ello se previenen incumplimientos y delitos, fijando el cumplimiento tanto de la legislación vigente como de la normativa interna de una empresa. En España, desde la reforma del Código Penal de 2010, las personas jurídicas pasaron a ser consideradas responsables penalmente. Por tanto, disponer de un buen modelo de compliance puede servir para eximir de responsabilidad a las empresas frente a eventuales hechos delictivos, siempre que se apliquen las medidas y esfuerzos necesarios para el cumplimiento de la ley.
Los códigos de buen gobierno empresarial son un instrumento cada vez más útil para coordinar toda la acción de compliance e impulsar el respeto a la normativa en el ejercicio de su actividad. Prevenir delitos e incumplimientos es la mejor política para que una compañía y sus directivos eviten incurrir en sanciones responsabilidades penales. Dice el refrán que más vale prevenir que curar y, en este caso, vuelve a ser cierto.
Héctor Paricio Rubio
Abogado. Socio Fuindador de Carrau Corporación y responsable de su Área de Compliance
Joaquín Gavilá Celda
Responsable del Área Laboral de Carrau Corporación