Tal y como informamos en su día el Tribunal Constitucional ha conocido al respecto de la cuestión de inconstitucionalidad planteado sobre la ley que regula el impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica del 7% (IVPEE), así mediante sendos Autos de 13 de diciembre de 2016 el Tribunal Constitucional acuerda no haber lugar, de momento, a la cuestión de inconstitucionalidad formulada por el Tribunal Supremo, por cuanto que con carácter previo debe formularse una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) quien debe pronunciarse sobre si el impuesto es compatible con el Derecho de la Unión Europea, cuestión prejudicial esta que será examinada con objetividad, desde un punto de vista jurídico no politizado, y alejado de influencias por coyunturas económicas nacionales concretas.
Según expusimos se hace conveniente proceder a la impugnación de las liquidaciones efectuadas evitando alcance firmeza las mismas, a fin de si llegado el caso el TJUE declarase ilegal el IVPEE se pueda recuperar los importes satisfechos.
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