Carrau Corporación | Despacho de abogados y economistas en Valencia

  • La Empresa
    • Una firma especializada
    • ¿Por qué Carrau?
    • RSC
  • Equipo
    • Socios
    • Equipo
  • Áreas de práctica
    • Asociacionismo y Fundaciones
    • Consultoría de Franquicias
    • Consumo
    • Derecho Civil
    • Derecho Concursal
    • Derecho Cooperativo
    • Derecho Fiscal, Economía y Contabilidad
    • Derecho Laboral
    • Derecho Mercantil
    • Derecho Penal
    • Derecho Público, Administrativo y Edificación
    • Energías Renovables y Medioambiente
    • Entidades Financieras
    • Gobierno Corporativo y Cumplimiento Normativo
    • Nuevas Tecnologías
    • Recuperaciones
    • Responsabilidad Civil y Seguros
  • Sectores
    • Administraciones Públicas
    • Bancario
    • Empresa Familiar
    • Energía y Medioambiente
    • Fundaciones y Asociaciones
    • Hostelería
    • Import/Export
    • Nuevas Tecnologías
    • Sanitario y Farmacéutico
    • Transporte y Logística
    • Urbanismo y Edificación
  • Noticias
  • Contacto

La reforma de la Ley de Mecenazgo: una mejora fiscal y una oportunidad para las empresas

  • Home
  • actualidad
  • La reforma de la Ley de Mecenazgo: una mejora fiscal y una oportunidad para las empresas
 

La reforma de la Ley de Mecenazgo: una mejora fiscal y una oportunidad para las empresas

by admin / miércoles, 07 febrero 2024 / Published in actualidad, Artículos

Ley mecenazgoEl 1 de enero de 2024 entró en vigor la reforma de la Ley de Mecenazgo, que modifica los incentivos fiscales según lo expuesto en el Real Decreto-ley 6/2023. Esto conlleva una mejora en la fiscalidad de todas las aportaciones que realicen tanto personas físicas como empresas. Y puede suponer un incentivo también para impulsar a las empresas a apostar por la actividad del mecenazgo, dentro de su estrategia de Responsabilidad Social Corporativa.

Nuevas deducciones

Esta reforma era una demanda del Tercer Sector para fomentar el apoyo al mecenazgo, tras 21 años de vigencia de la ley. A partir de este año, se elevan una serie de deducciones:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Incremento, del 35% al 40%, del porcentaje general de deducción sobre la base del donativo aplicado.
  • Incremento, del 40% al 45%, del porcentaje de deducción aplicable a deducciones recurrentes (cantidades constantes o crecientes en los dos periodos impositivos anteriores).
  • Incremento de la base de deducción que permite un porcentaje de la misma del 80%, que pasa de los primeros 150 euros a los primeros 250.

Impuesto Sobre Sociedades (IS)

  • Incremento, del 35% al 40%, del porcentaje general de deducción sobre la base del donativo realizado.
  • Incremento, del 40% al 50%, del porcentaje de deducción aplicable a deducciones recurrentes (cantidades constantes o crecientes en los dos periodos impositivos anteriores).
  • Se incrementa el límite de la base de la deducción aplicable en cada ejercicio, del 10% al 15% de la base imponible del impuesto.

 

Nuevos donativos deducibles

En el concepto de donación fiscalmente deducible, la reforma de la legislación ha incorporado dos nuevos supuestos. Se podrá deducir por donativos_

  • la cesión de uso de toda clase de muebles e inmuebles en el concepto general de donación de derechos
  • el concepto de convenio de colaboración se amplía e incluye expresamente las aportaciones en especie, prestación gratuita de servicios inclusive

Esta nueva reforma incluye un nuevo concepto denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa, el cual permite que se obtengan, en forma de contraprestación de bienes o servicios, retornos simbólicos por parte del donante siempre que no representen más del 15% del valor de la donación y con un límite máximo de 25.000 euros.

También, han resultado ampliadas las modalidades de explotaciones económicas exentas en las siguientes actividades cuando las lleven a cabo entidades sin ánimo de lucro: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades. Por último, el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de las propias entidades sin ánimo de lucro, se ha visto claramente reforzado.

En definitiva: la reforma supone una mejora en el tratamiento fiscal de las aportaciones dedicadas al mecenazgo. Una ventaja que las empresas pueden aprovechar para reforzar sus políticas de Responsabilidad Social Corporativa y su apoyo a iniciativas que redunden en el bien común de la sociedad.

 

Área de Fundaciones

Ignacio Soler Serrano

Socio Abogado Carrau Corporación

Secretario de la Asociación Valenciana de Fundaciones

  • Tweet

What you can read next

Circular informativa: Real Decreto-Ley 18/2020, de medidas sociales en defensa del empleo
Germaine-De-Capuccini-despacho-valencia-abogados
Carrau Corporación asesora a Germaine de Capuccini en su proceso de venta
Héctor Paricio en Plaza Radio: “La Justicia no se ha considerado esencial y sus problemas se van a agravar”
TOP
Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con tus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes obtener más información y configurar tus preferencias pulsando en "Preferencias de cookies".
Preferencias de cookiesRECHAZAR TODOACEPTAR TODO
Manage consent

Información de Privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De éstas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador sólo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Funcional
Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funcionalidades, como compartir el contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras características de terceros.
Rendimiento
Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices de rendimiento clave del sitio web, lo que ayuda a brindar una mejor experiencia de usuario a los visitantes.
Analíticas
Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo los visitantes interactúan con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre métricas, el número de visitantes, la tasa de rebote, la fuente de tráfico, etc.
Publicidad
Las cookies publicitarias se utilizan para proporcionar a los visitantes anuncios y campañas de marketing relevantes. Estas cookies rastrean a los visitantes en los sitios web y recopilan información para proporcionar anuncios personalizados.
Otras
Otras cookies no categorizadas son las que se están analizando y aún no se han clasificado en una categoría.
Necesarias
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Estas cookies garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.
GUARDAR Y ACEPTAR