La aprobación del Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modificó el Código de Comercio, traerá consigo importantes novedades legales. A raíz de la nueva reforma, las sociedades de interés público (entidades de crédito, aseguradoras, cotizadas, instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y sociedades de garantía recíproca) deberán redactar informes de gestión sobre el estado de información no financiera (medioambiental y social). No obstante, la opinión de los auditores sobre esos informes no se extenderá a este estado de información no financiera. La entrada en vigor de estos cambios será para los ejercicios económicos a partir del 1 de enero de 2017.
La Directiva 2014/95 UE del Parlamento Europeo y el Consejo por la que se modifica la Directiva 2013/34 UE ha sido la causa de que las grandes empresas de interés público deban realizar estos informes. El objetivo final de esta medida es el de comprobar cuál es el impacto de estas mercantiles en la sociedad.
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