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La necesidad de planes de prevención de delitos en las empresas públicas

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La necesidad de planes de prevención de delitos en las empresas públicas

por Héctor Paricio / martes, 11 mayo 2021 / Publicado en actualidad, Artículos, Blog

Las empresas públicas no controlan sus riesgos,  principalmente los pagos y los posibles delitos de estafa a los que están expuestas. Esta es una de las conclusiones a las que llega el informe de Intervención de la Generalitat Valenciana, presentado en mayo de 2021,  que tras un control financiero sobre un muestreo de 38 entidades publicas ha llegado a conclusiones realmente preocupantes: “ en todas las analizadas se ha detectado debilidades en los procesos de pagos y sistemas de control de cuentas bancarias”.

Tenemos un precedente claro,  el fraude de la EMT de Valencia, donde a través de procedimientos fraudulentos se desviaron en torno de 4 millones de euros a cuentas en Hong Kong,  dinero que a fecha de hoy no se ha recuperado y cuyas expectativas de que eso ocurra son realmente escasas, por no decir nulas. Pero esto solo puede ser la punta del iceberg que se llega a conocer.

¿Qué deben hacerlas empresas públicas?

Esa es la pregunta y la obligación de respuesta por nuestros gestores públicos y políticos, que ante todo han de saber controlar el dinero de todos los contribuyentes.

Transparencia y controles. Estos dos pilares básicos de la administración de un Estado de derecho están recogidos en toda normativa, pero cómo llevarlos a cabo es donde cada entidad pública ha de definir y concretar esa forma de actuar,  y es ahí,  en el detalle donde veremos si hay o no trasparencia y control

Por nuestra parte aportamos una medida de control:  la exigencia de que todas las entidades participadas por la administración pública tengan un Plan de Prevención de Delitos,  sujeto a unos rigurosos protocolos de actuación y supervisión,  con unos canales de denuncia adecuados, una protección real al denunciante de actuaciones “oscuras o delictivas”,  con una formación adecuada a los empleados públicos en todos los rangos de trabajo y decisión,  y muy importante , un controlador o compliance officer independiente y protegido para su trabajo que reciba la información y actúe en cuanto tenga la más mínima sospecha,  con un respaldo externo a ese compliance officer que le asesore y aporte la información y el componente técnico que pueda precisar. Cuando alguien se siente vigilado realmente su comportamiento suele ser correcto y esa tranquilidad los ciudadanos la necesitamos.

A colación de este asunto, por ejemplo, la entidad privada ACS ha reforzado este mes de mayo su programa de compliance penal a nivel internacional, algo que todas las empresas del IVEX tienen implementado,  por necesario . Si las empresas líderes del mundo actúan de esta forma,  nos parece lógico pensar que nuestras administraciones deberían copiar estos programas de prevención de delitos, no solo como algo conveniente, sino necesario, obligatorio.

Somos conscientes de que determinadas empresas públicas se lo están planteando y algunas trabajando en ello,  pero no es cuestión de que esa decisión dependa de la sensibilidad que del tema tenga su gerente o responsable, sino de que han de hacerlo todas, les guste más o menos.

Héctor Paricio Rubio

Socio y responsable Área Compliance Carrau Corporación

Este artículo fue publicado por el diario digital Valencia Plaza. Puede consultarlo desde este enlace.

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Etiquetado bajo: abogado especialista compliance, abogados compliance valencia, Carrau Corporación compliance, compliance empresas públicas

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