La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) publicó el día 1 de febrero la Resolución de 19 de enero de 2021 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021. Este Plan es un documento tan extenso como relevante ya que en él se detallan qué acciones y procedimientos serán objeto de investigación por parte de la AEAT para evitar el fraude tributario y aduanero.
Las directrices se estructuran en cinco grandes pilares:
- Información y asistencia
- Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.
- La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero
- Control del fraude en fase recaudatoria
- Colaboración entre la Agencia Tributaria y las administraciones tributarias de las comunidades autónomas.
En 2021 se pretende continuar priorizando el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, para conseguir una mayor eficacia y permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos disponibles gracias a los sistemas telemáticos de asistencia y a la disponibilidad de medios de identificación y de comunicación electrónicos.
Dentro de estos pilares, las principales líneas de actuación a destacar para el ejercicio 2021 son las siguientes:
Sociedades inactivas
En relación con las sociedades inactivas, la Agencia Tributaria continuará depurando los censos, de forma que solo aquellas sociedades que realmente intervengan en el ámbito comercial o económico mantengan su plena vida jurídico-fiscal.
Nuevos contribuyentes
Por otro lado, las nuevas estrategias de carácter preventivo que la Agencia Tributaria está impulsando en relación con el fomento del cumplimiento tributario pretenden acompañar a los nuevos contribuyentes desde el primer momento, no solo como una obligación de asistencia e información al contribuyente, sino también como la mejor forma de asegurar el cumplimiento fiscal desde los primeros estadios de la actividad económica.
Grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales
Dentro de las actividades previstas en el año 2021 están las comprobaciones a los grupos multinacionales, a las grandes empresas y a los grupos fiscales quienes deben validar que los gastos financieros deducidos por empresas que tributan en forma de grupo fiscal son correctos, en especial cuando la financiación procede del exterior, pero dentro del ámbito del grupo multinacional. De igual modo los pagos de intereses y dividendos percibidos en el entorno de los grupos multinacionales deben ser verificados.
Además, en 2021 se realizarán, en el ámbito de la Unión Europea, un número significativo de controles multilaterales en los que se examinará la corrección de los pagos intragrupo por cesión de intangibles. También se espera que se lleve a efecto la mejora del marco jurídico comunitario en lo que se refiere, en particular, a las Inspecciones conjuntas «Joint Audits», reforzando de este modo las actividades de cooperación administrativa entre Estados miembros.
En 2021 se completará el desarrollo del nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos en precios de transferencia basado en todo el conjunto de información disponible sobre operaciones vinculadas con el que actualmente cuenta la Administración tributaria, haciendo un uso efectivo de la información a disposición de la Inspección como consecuencia del proyecto BEPS tanto en el ámbito de la OCDE como en el de la Unión Europea.
Se prestará especial atención a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores en grupos fiscales.
Análisis Patrimonial
En los últimos años, la Agencia Tributaria ha impulsado la captación de nuevas fuentes de información, las cuales, unidas a herramientas masivas de tratamiento de datos han permitido determinar el patrimonio neto de los ciudadanos, sus flujos globales de renta y sus relaciones familiares, económicas y societarias.
La herramienta de análisis flujos globales de renta y consumo de los contribuyentes y de sus unidades familiares permitirá a la Administración tributaria obtener los datos que servirán para detectar incoherencias patrimoniales, de gasto y consumo, o incluso de solvencia que no puedan ser explicadas por las rentas conocidas obtenidas por los contribuyentes o por las unidades familiares de las que forman parte. El resultado de ello se plasmará progresivamente en el desarrollo de expedientes de comprobación que se iniciarán en 2021 y se desarrollarían a partir de los datos anteriores, en la medida que permitan efectuar una regularización de las diferentes contingencias fiscales detectadas.
Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades
Se van a potenciar las operaciones coordinadas de lucha contra la actividad no declarada y la economía sumergida, conviene reiterar como en años anteriores que la utilización de las formas societarias y las relaciones de estas con los socios, trabajadores, administradores o personas vinculadas con ellos, así como con otras sociedades controladas por las mismas personas, también serán objeto de análisis con el fin de verificar si se está produciendo una minoración improcedente de la correcta tributación de la actividad desarrollada o una traslación de bases imponibles hacia entidades jurídicas sometidas a menores tipos.
Comercio electrónico y criptomonedas
Durante 2021, la Agencia Tributaria reforzará las medidas necesarias para garantizar un adecuado control de la actividad económica que se realiza vía comercio electrónico, fomentando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de todos los que intervienen en el proceso, y adoptando medidas correctoras en aquellos casos en que no se produzca dicho cumplimiento voluntario.
En relación a las criptomonedas, la Agencia Tributaria busca la obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con las mismas. Se prevé el establecimiento de una obligación informativa autónoma sobre criptomonedas. Además, se pretende la sistematización y análisis de la información obtenida, a efectos de facilitar las actuaciones de control de la correcta tributación de las operaciones realizadas y el origen de los fondos utilizados en la adquisición de las criptomonedas.
Actuaciones de control relativas al IVA
Los órganos de control de la Agencia Tributaria desarrollarán de nuevo en el año 2021, actuaciones tendentes a comprobar la correcta aplicación del régimen de recargo de equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido. Estas actuaciones afectarán por una parte a los proveedores de estos comerciantes minoristas para verificar que han repercutido el recargo y, en caso contrario, exigirles el ingreso de los recargos no repercutidos. Y, por otra parte, se realizarán actuaciones directamente sobre los propios comerciantes minoristas para verificar que figuran correctamente censados en el régimen de recargo de equivalencia, y que comunican su condición de comerciante minorista a efectos de la inclusión en las facturas emitidas por sus proveedores del recargo correspondiente
Por otro lado, el cotejo de los datos declarados por los contribuyentes y la información periódica derivada del SII permitirá que se puedan fortalecer los mecanismos orientados a detectar irregularidades tributarias a partir de las conclusiones derivadas de la información disponible respecto del censo de contribuyentes que presentan mediante este sistema su información tributaria.
Actuaciones de control relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades
Durante el año 2021, la Inspección incidirá, en expedientes en los que existan bases imponibles negativas para verificar la existencia del saldo, su exactitud, el origen del mismo y, en la medida permitida por el artículo 26.5 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, comprobar dichas bases imponibles negativas declaradas ya aplicadas o que estén pendientes de compensación.
Persecución de la economía sumergida
El control del dinero abonado en efectivo en el marco de las transacciones económicas suele estar muy vinculado con la economía sumergida, por lo que con independencia de cuáles son los límites cuantitativos que se encuentren vigentes de acuerdo con la normativa aplicable, las operaciones en efectivo continuarán siendo objeto de atención una vez más por parte de la Administración tributaria.
Control aduanero
En particular, se prestará especial atención a la manipulación de la documentación adjunta a las declaraciones aduaneras o que permita la aplicación de un régimen suspensivo o exenciones en materia de impuestos especiales o medioambientales, con la finalidad de conocer la realidad de las transacciones más allá de la documentación formal presentada a la Administración tributaria.
Una vez introducidas las mercancías en el territorio aduanero de la Unión, los controles irán dirigidos a verificar el origen, clasificación arancelaria y valor en aduana declarados con motivo de la importación de mercancías, todo ello con objeto de impedir la elusión de derechos arancelarios, derechos «antidumping» o el Impuesto sobre el Valor Añadido a la importación aplicables.
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