Comisión bancaria máxima y única de tres euros mensuales
El martes 5 de marzo se publicó en el BOE la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación, que ha entrado en vigor a los veinte días de su publicación, es decir el pasado 25 de marzo. La citada Orden establece la comisión máxima que las entidades bancarias pueden cobrar por los servicios incluidos en el contrato de cuenta de pago básica es decir en los contratos de cuenta corriente no remunerada, siempre que el que contrate sea una persona física que actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
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